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Aprobación Decreto 47: Metas de Recolección y Valorización de Aceites Lubricantes Ley REP

Noviembre 14, 2024

🌍♻️ ¡Avanza el Reciclaje en Chile! 🌿🚗 El Ministerio del Medio Ambiente publicó un decreto que permitirá reciclar hasta el 90% de los aceites lubricantes usados en nuestro país. 🙌

♻️Se estima que en Chile se generan 126.000 toneladas de estos aceites, pero solo el 47% es tratado correctamente. 📉

♻️Con el nuevo decreto, en un plazo de dos años, estará la obligación de recolectar y reciclar el 50% de los aceites lubricantes usados, aumentando gradualmente hasta alcanzar el 90% en 12 años.

♻️ Las personas podrán entregar sus aceites usados en talleres y comercializadores de aceite.

El pasado 11 de noviembre, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo N° 47, que establece las metas de recolección y valorización de aceites lubricantes usados, así como otras obligaciones asociadas, en el marco de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP).
Este decreto es el tercero de su tipo aprobado para definir las metas de los productos prioritarios establecidos por la Ley REP, que incluye también pilas, neumáticos, aparatos electrónicos, envases y embalajes. La Ley REP, promulgada en 2016, exige a las empresas responsables de introducir estos productos al mercado que se hagan cargo de ellos una vez hayan cumplido su ciclo de vida útil.
El Decreto 47 establece que los productores de aceites lubricantes deben alcanzar una meta de recolección y valorización del 90% de los aceites recuperables introducidos en el mercado nacional a partir del duodécimo año de implementación. Las metas anuales son las siguientes:
Primer año: 50%
Segundo año: 52%
Tercer año: 54%
Cuarto año: 59%
Quinto año: 64%
Sexto año: 69%
Séptimo año: 73%
Octavo año: 77%
Noveno año: 81%
Décimo año: 85%
Undécimo año: 88%
A partir del duodécimo año: 90%
El decreto también establece que las metas y otras obligaciones entrarán en vigencia 24 meses después de su publicación en el Diario Oficial, es decir, a partir del 11 de noviembre de 2026. Además, se requiere que los productores reporten anualmente a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) las acciones realizadas el año anterior.
Este decreto es un paso significativo hacia la implementación de la Ley REP y la gestión responsable de los residuos peligrosos, contribuyendo a la economía circular y la protección del medio ambiente.

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