Productores regulados por la Ley REP deben declarar su información 2024 antes del 15 de septiembre 2025
El Ministerio del Medio Ambiente inició oficialmente el proceso de requerimiento de información a los productores de productos prioritarios establecidos en la Ley N° 20.920, también conocida como Ley REP (Responsabilidad Extendida del Productor).
Mediante la Resolución Exenta N° 4771, publicada el 15 de julio de 2025, se establece que todas las empresas que comercialicen productos prioritarios deberán declarar, de forma obligatoria, la información correspondiente al año 2024 a través del portal Ventanilla Única del RETC (Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes).
📅 Plazo límite: 15 de septiembre de 2025.
La información solicitada permitirá al Ministerio monitorear y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones que establece la ley.
Aceites lubricantes
Aparatos eléctricos y electrónicos
Baterías
Envases y embalajes (incluidos envases reutilizables o de pequeñas cantidades)
Neumáticos de bicicletas y sillas de ruedas, neumáticos macizos
Pilas
Diarios, periódicos y revistas
Textiles (incorporados como producto prioritario desde julio de 2025)
Importante: si tu empresa está adherida a un sistema de gestión colectivo, el reporte se debe hacer a través de esa misma plataforma, siempre que opere respecto del producto prioritario correspondiente.
El Ministerio ha puesto a disposición guías y manuales en la Caja de Herramientas del RETC .
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